A no ser que se acredite que el trabajo y la enfermedad no tienen ninguna relación.
El Tribunal Supremo reconoce como accidente laboral un infarto que sufrió un operario de una empresa de Zaragoza cuando se encontraba en horario de trabajo a pesar de que comenzó a sufrir los síntomas de esta afección antes de iniciar su jornada profesional.
Así consta en una sentencia hecha pública este miércoles en la que la Sala de lo Social del alto tribunal admite el recurso de casación interpuesto por la defensa del trabajador José Miguel P.C. y anula una resolución judicial dictada en diciembre de 2005 por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en la que se desestimaba su demanda.
